En la Franja del Rechazo del día miércoles 10 de agosto, la Franja ciudadana por el rechazo asegura que "Van a terminar con las Isapres y con eso me van a hacer más difícil atenderme o tomarme un examen". Esta afirmación es falsa, pues la Nueva Constitución incluye prestadores privados en su propuesta.
La Nueva Constitución declara:
Artículo 44 inciso 7
En la franja del rechzao del día martes 10 de agosto, se aseguró que la nueva constitución "no reconoce la igualdad ante la ley; ¿y si no somos iguales ante la ley, qué clase de unidad como nación vamos a tener?"
La nueva constitución declara explícitamente la igualdad ante la ley.
Artículo 25 inciso 1
En la Franja del Rechazo del día miércoles 15 de agosto, se asegura, entre otras cosas, que "muchos de los problemas de esta propuesta no están en lo que dice, sino en lo que desechó. Por ejemplo, este artículo sobre educación: Aseguraba el financiamiento de los colegios particulares subvencionados. Lamentablemente, solo quedó el que asegura el financiamiento de establecimientos estatales”.
La nueva constitución se hace cargo de esto en los siguientes artículos:
Trigésima primera transitoria
Artículo 36
El martes 26 de julio, la organización Amarillos por Chile publicó en su cuenta de Instagram y Twitter una serie de fotos tituladas “4 razones para rechazar: propuesta educación”.
En una de esas imágenes se afirmó que “solo el Estado y los pueblos originarios podrán crear establecimientos educativos”.
Lo afirmado por Amarillos por Chile es FALSO. Si bien se explicita que el Estado podrá crear establecimientos educacionales y los pueblos indígenas puedan desarrollarlos, no se prohíbe que particulares puedan hacerlo.
Asimismo, la propuesta establece un Sistema Nacional de Educación y otro Sistema de Educación Pública. Respecto al primero, estará integrado por las instituciones que sean creadas o reconocidas por el Estado. Es decir, lo que el Estado reconoce, no es creado por ellos. También se garantiza la libertad de enseñanza, que incluye que los tutores puedan “elegir el tipo de educación de las personas a su cargo”.
El 20 de junio, la cuenta de Instagram @rechazodesalida, publicó una gráfica en que se señala que “el borrador no garantiza la libertad de enseñanza”.
En el numeral 849 de la segunda versión del borrador, se establece que “la Constitución garantiza la libertad de enseñanza y es deber del Estado respetarla”. En el inciso siguiente se complementa que esta ”comprende la libertad de padres, madres, apoderados y apoderadas a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo”.
En cuanto a la existencia de colegios subvencionados, el Pleno aprobó una norma transitoria en donde se establece que se deberá contemplar el financiamiento para todos los establecimientos que cumplan con los requisitos que establezca la ley, lo que incluiría a los subvencionados.
El 15 de junio, una usuaria de Twitter realizó una publicación en la que afirmó que “de aprobarse la nueva Constitución, las Fuerzas Armadas no podrían cooperar como lo han hecho en situaciones de catástrofe”.
Según abogados constitucionalistas, las Fuerzas Armadas podrán colaborar en caso de catástrofes naturales en el marco del estado de excepción de catástrofe.
Según el numeral 318 del borrador constitucional –y tal como ocurre actualmente–, al declararse estado de catástrofe, tanto las Fuerzas Armadas como las policías quedarán a cargo de la autoridad civil que designe el Presidente/a de la República.
Por ende, si la autoridad designada solicita la ayuda de las Fuerzas Armadas o de Seguridad, estas deberán concurrir.
El 12 de Julio se publicó un mensaje de Twitter que señalaba que el “mamarracho constituyente elimina por completo la institución” de Carabineros.
Lo dicho es FALSO.
El borrador constitucional incluye un artículo sobre Policías, dependientes del ministerio a cargo de la seguridad pública, destinadas para garantizar la seguridad pública, dar eficacia al derecho y resguardar los derechos fundamentales.
Esto incluye a Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones
Sí hay un cambio respecto a la Constitución vigente: dejar de ser un cuerpo militar. No obstante, esa modificación no implica la eliminación de la institución.